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SOCIEDADES
Dado el reconocimiento mundial de las sociedades anónimas Panameñas y asociados al centro financiero que representamos a nivel internacional, las sociedad anónimas en Panamá, brindan un portafolio de oportunidades tanto a nacionales como extranjeros, en busca de seguridad, anonimato y posibilidad de realizar inversiones dentro y fuera de la República de Panamá.
Las sociedades anónimas, como en muchos otros países, tiene regulación nacional, siendo que Panamá, lo hace en la Ley No. 32 del 26 de enero de 1,927, www.asamblea.gob.pa y nuestra firma en base a lo contenido en dicha Ley, le ofrece los siguientes servicios, los cuales tiene un costo aproximado entre $750.00 y $ 1750.00:
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Constitución de la sociedad (link)
La Ley 32 permite tanto a nacionales como extranjeros, residentes o no en territorio Panameño, la constitución de una sociedad, cumpliendo algunos requisitos legales y administrativos, tales como
1.
Firma de la Escritura Pública donde se constituye la sociedad, en caso de estar en Panamá,
2.
Llenar formulario de “perfil del cliente”
3.
Realizar la transferencia a nuestra cuenta de las sumas de dinero para la constitución de la sociedad sobre el precio pactado,
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Designación del Agente Residente
La Ley 32 obliga a que toda sociedad que se constituya en Panamá, debe tener designado un Agente residente, cuyo costo anual es de $200.00.
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Designación de suscriptores
En caso que los dueños de la sociedad no puedan viajar a Panamá, nuestra firma le facilita los suscriptores, con la finalidad de iniciar los trámites de constitución de la sociedad, quienes al momento de hacer entrega de la documentación, ceden las acciones a favor del cliente.
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Designación de directores y dignatarios
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En caso que los dueños (suscriptores) de la sociedad estén en Panamá, pero no quieren figurar como miembros de la Junta Directiva o Dignatarios, nuestra organización le facilita los 3 suscriptores o dignatarios, con la finalidad de mantener el anonimato de sus dueños. Este personal no puede realizar ningún tipo de operación comercial sin la autorización previa y escrita de los dueños de la sociedad.
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Acciones y suscriptores
La sociedad al ser constituida tiene 2 suscriptores mínimos, siendo estos los tenedores de las 2 primeras acciones de la sociedad. Estos suscriptores, cuando no son los clientes, sino personal designado por la Firma, endosan las acciones a la sociedad, para su emisión según las instrucciones del cliente, del mismo modo renuncian a las mismas. La firma emite las acciones de la sociedad (suscriptores), que son obligatorias con el pacto social y hasta un máximo de dos (2) acciones adicionales.
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Apertura de cuentas bancarias
Las cuentas bancarias cuando son aperturazas por personas extranjeras o no residentes en panamá, están sujetas a revisión del banco, sin embargo nuestra organización le puede facilitar este trámite utilizando a los directores o dignatarios nacionales, quienes una vez realizados 6 meses de operaciones bancarias, son eliminados de la cuenta y se incluyen a quienes los dueños de la sociedad designen.
Los extranjeros deben tener:
a.
Dos (2) referencias Bancarias de su País
b.
Dos (2) referencias comerciales de su país
c.
Copia de cedula o pasaporte (2 documentos mínimos)
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Apartado postal panameño, Costo $75.00 anuales
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Designación de 2 cuentas de correo electrónico webmail: corp-panama.com
Requisitos Adicionales:
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Nombre de la sociedad, el cual debe estar disponible por su inscripción,
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Nombre de los Directores y Dignatarios (mínimo 3) Presidente, Secretario y Tesorero, además quien ejercerá la representación legal.
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monto del Capital social de la sociedad, mínimo ($10,000.00)
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Nombre de los suscriptores. De ser extranjeros deben aportar copia de su cedula de identidad y del pasaporte,
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Número de acciones que forman el capital social y si las mismas serán nominativas o al portador, pueden ser de ambas clases.
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